En el caso de una foto multa, realizan foto multa a un vehiculo q esta a nombre de una persona de sexo masculino pero en la misma foto de la multa se observa q es conducidad por una persona de sexo femenina entonces digo yo no deberia de ser efectiva ya q el q aparece como propietario no es el infractor, es por eso q las fotomultas deben de ser declaradas ilegales, estas infracciones deben de ser impuestas por un agente de transito, creo q se esta violando el articulo 29 debido proceso ya q el propietario no cumple con la calidad de infractor y tambien estan violando el derecho a la defenza y presuncion de inocencia. Espero alguien me de su opinion, gracias

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